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mayo  19, 2024

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Presentación del contenido de la Sección

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Presentación del contenido de la Sección

Por Claudia P. Galeano (*) y José María González (**)  

 

Abrimos nuestra participación de septiembre con tres artículos que, aunque refieren a diferentes cuestiones, dispares entre sí, tienen en común el alto impacto que provocarán en la modificación de nuestras prácticas como abogados.  

En “La reforma procesal penal  en Corrientes: el nuevo proyecto de CPP” la autora propone un acercamiento teórico a los sistemas procesales  vigentes en nuestro país desde una mirada evolutiva y un análisis de constitucionalidad o, mejor dicho, de inconstitucionalidad del sistema inquisitivo predominante. Tal desarrollo, breve y sustancioso por cierto, sirve de base para enunciar las seis ideas fuerza que impregnan los acuerdos existentes en torno a la modificación inminente del CPP correntino que, a no dudarlo, implicarán un proceso de re-educación en los operadores del derecho, particularmente de quienes ejercemos la profesión diariamente.

 

Graciela Gómez ha señalado a este artículo como una introducción a un abordaje posterior de las seis ideas que presenta las cuales, en sucesivas entregas, desarrollará en particular, profundizando los análisis sobre la modificación de nuestras prácticas que implicará el cambio de paradigma procesal penal asumido por la provincia de Corrientes.

 

El Dr. Arsenio Eduardo Moreyra, por su parte, toma a su cargo un tema de recurrente inquietud en el foro correntino a partir de la existencia de numerosos antecedentes, a veces encontrados entre sí, en los tribunales de las diferentes instancias. Para abordar la cuestión, procede al análisis de un fallo del STJ de Corrientes con el cual se ha modificado el sostenido criterio respecto de la aptitud para purgar el plazo de caducidad de todo acto impulsorio realizado con posterioridad a la configuración del plazo de caducidad  por la parte interesada en la supervivencia de  la instancia estableciendo a partir del caso “Barrios” que lo que verdaderamente importa para posibilitar la purga del plazo de caducidad es el consentimiento de la actuación. En el artículo, a través de un sugestivo título: “La caducidad de instancia: premio y castigo a la impericia”, toma abiertamente partido por el criterio actual del Máximo Tribunal Local aunque es posible presumir que, desde un posicionamiento apoyado en otras ópticas, la reciedumbre del título genere algún tipo de opinión encontrada. Ojalá sea así, la discusión científica contribuye, sin dudas, a la mejora de nuestras prácticas y con ello a una efectiva realización de la justicia.

 

Por su parte, el Dr. Juan Manuel Lezcano, sobre la base de un caso fallado en los Tribunales de Oberá (Provincia de Misiones) analiza, partiendo de encontradas concepciones, la pertinencia de las medidas autosatistactivas como remedio procesal para dar solución a casos en los que se pone en riesgo, básicamente por la morosidad de los procesos tradicionales, el derecho a la salud de los habitantes e indaga una vez más respecto de la legalidad/ilegalidad de los posicionamientos de las obras sociales respecto de la existencia de nomencladores cerrados que no contemplan las prestaciones más complejas o, como en este caso, de avanzada o alternativos  como la equinoterapia que precisaba disponer la Actora realizar.

 

Finalmente, no queremos dejar de compartir con todos los Colegas la celebración que nos uniera el pasado 29 de agosto, en Corrientes. La fecha tuvo un significado muy especial. Por una parte, el busto de Juan Bautista Alberdi emplazado hace unos años por la Universidad de la Cuenca del Plata en la Costanera de la Ciudad se está convirtiendo en el espacio de convocatoria en este día ya que el acostumbrado acto institucional suma año a año a otros protagonistas, como fue en el presente al Colegio de Abogados de la Capital; por otra, porque prácticamente en forma coetánea, más precisamente el 27 de agosto, se produjo el deceso del Dr. Ricardo J.G. Harvey, un profesor al que quienes pasamos por las clases o los exámenes libres de Historia Constitucional de la UNNE o cursaron la misma materia o Derecho Constitucional en la UCP pudimos disfrutar no sólo a través de sus conocimientos sino también a través de sus cualidades humanas.

 

Una vez más agradecemos poder disponer de este espacio e invitamos a los Colegas de la región litoral a utilizarlo para la difusión de nuestras prácticas enviándonos sus artículos a los siguientes correos: legalnea@hotmail.com y claudiapatriciagaleano@yahoo.com.ar

 


(*) Abogada litigante. Especialista en Derecho Procesal. Especialista en Docencia Universitaria. Docente de "Práctica Profesional II" (Abogacía) - Universidad de la Cuenca del Plata (Sede Posadas). Profesora Adscripta a la cátedra "Derecho Privado I" - Facultad de Ciencias Económicas- Universidad Nacional de Misiones (UNaM). Docente del Curso de Iniciación Profesional del Colegio de Abogados de Misiones (CAM). Directora del Instituto de Práctica Profesional del Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones (CAM).

 

(**) Abogado litigante (UNNE). Especialista en Asesoramiento de Empresas (U. de la Cuenca del Plata). Titular de LegalNEa Servicios Jurídicos (Corrientes, Chaco). Juez Federal Ad Hoc del Juzgado Federal de Corrientes y de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes. Profesor Titular de Práctica Profesional I de la carrera de Abogacía, Universidad de la Cuenca del Plata. Coordinador del Curso de Entrenamiento Profesional del Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes. Consultor del BID en proyectos de planificación estratégica normativa e institucional (Plan Estratégico para la Ciudad de Corrientes).

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