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Presentación del contenido de la Sección
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Abrimos nuestra participación de
septiembre con tres artículos que, aunque refieren a
diferentes cuestiones, dispares entre sí, tienen en
común el alto impacto que provocarán en la modificación
de nuestras prácticas como abogados.
En
“La reforma
procesal penal en
Corrientes: el nuevo proyecto de CPP” la autora
propone un acercamiento teórico a los sistemas
procesales vigentes
en nuestro país desde una mirada evolutiva y un análisis
de constitucionalidad o, mejor dicho, de
inconstitucionalidad del sistema inquisitivo
predominante. Tal desarrollo, breve y sustancioso por
cierto, sirve de base para enunciar las seis ideas
fuerza que impregnan los acuerdos existentes en torno a
la modificación inminente del CPP correntino que, a no
dudarlo, implicarán un proceso de re-educación en los
operadores del derecho, particularmente de quienes
ejercemos la profesión diariamente.
Graciela
Gómez ha señalado a este artículo como una
introducción a un abordaje posterior de las seis ideas
que presenta las cuales, en sucesivas entregas,
desarrollará en particular, profundizando los análisis
sobre la modificación de nuestras prácticas que
implicará el cambio de paradigma procesal penal
asumido por la provincia de Corrientes.
El
Dr. Arsenio Eduardo Moreyra, por su parte, toma a su
cargo un tema de recurrente inquietud en el foro
correntino a partir de la existencia de numerosos
antecedentes, a veces encontrados entre sí, en los
tribunales de las diferentes instancias. Para abordar
la cuestión, procede al análisis de un fallo del STJ
de Corrientes con el cual se ha modificado el sostenido
criterio respecto de la aptitud para purgar el plazo de
caducidad de todo acto impulsorio realizado con
posterioridad a la configuración del plazo de
caducidad por
la parte interesada en la supervivencia de
la instancia estableciendo a partir del caso
“Barrios” que lo que verdaderamente importa para
posibilitar la purga del plazo de caducidad es el
consentimiento de la actuación. En el artículo, a
través de un sugestivo título: “La
caducidad de instancia: premio y castigo a la
impericia”, toma abiertamente partido por el
criterio actual del Máximo Tribunal Local aunque es
posible presumir que, desde un posicionamiento apoyado
en otras ópticas, la reciedumbre del título genere
algún tipo de opinión encontrada. Ojalá sea así, la
discusión científica contribuye, sin dudas, a la
mejora de nuestras prácticas y con ello a una efectiva
realización de la justicia.
Por
su parte, el Dr. Juan Manuel Lezcano, sobre la base de
un caso fallado en los Tribunales de Oberá (Provincia
de Misiones) analiza, partiendo de encontradas
concepciones, la pertinencia de las medidas
autosatistactivas como remedio procesal para dar solución
a casos en los que se pone en riesgo, básicamente por
la morosidad de los procesos tradicionales, el derecho
a la salud de los habitantes e indaga una vez más
respecto de la legalidad/ilegalidad de los
posicionamientos de las obras sociales respecto de la
existencia de nomencladores cerrados que no contemplan
las prestaciones más complejas o, como en este caso,
de avanzada o alternativos
como la equinoterapia que precisaba disponer la
Actora realizar.
Finalmente,
no queremos dejar de compartir con todos los Colegas la
celebración que nos uniera el pasado 29 de agosto, en
Corrientes. La fecha tuvo un significado muy especial.
Por una parte, el busto de Juan Bautista Alberdi
emplazado hace unos años por la Universidad de la
Cuenca del Plata en la Costanera de la Ciudad se está
convirtiendo en el espacio de convocatoria en este día
ya que el acostumbrado acto institucional suma año a año
a otros protagonistas, como fue en el presente al
Colegio de Abogados de la Capital; por otra, porque prácticamente
en forma coetánea, más precisamente el 27 de agosto,
se produjo el deceso del Dr. Ricardo J.G. Harvey, un
profesor al que quienes pasamos por las clases o los exámenes
libres de Historia Constitucional de la UNNE o cursaron
la misma materia o Derecho Constitucional en la UCP
pudimos disfrutar no sólo a través de sus
conocimientos sino también a través de sus cualidades
humanas.
Una vez más agradecemos poder disponer de este espacio e invitamos a los Colegas de la región litoral a utilizarlo para la difusión de nuestras prácticas enviándonos sus artículos a los siguientes correos: legalnea@hotmail.com y claudiapatriciagaleano@yahoo.com.ar.
(*)
Abogada litigante. Especialista en Derecho
Procesal. Especialista en Docencia Universitaria.
Docente de "Práctica Profesional II" (Abogacía)
- Universidad de la Cuenca del Plata (Sede Posadas).
Profesora Adscripta a la cátedra "Derecho Privado
I" - Facultad de Ciencias Económicas- Universidad
Nacional de Misiones (UNaM). Docente del Curso de
Iniciación Profesional del Colegio de Abogados de
Misiones (CAM). Directora del Instituto de Práctica
Profesional del Colegio de Abogados de la Provincia de
Misiones (CAM). (**)
Abogado litigante (UNNE). Especialista en
Asesoramiento de Empresas (U. de la Cuenca del Plata).
Titular de LegalNEa Servicios Jurídicos (Corrientes,
Chaco). Juez Federal Ad Hoc del Juzgado Federal de
Corrientes y de la Cámara Federal de Apelaciones de
Corrientes. Profesor Titular de Práctica Profesional I
de la carrera de Abogacía, Universidad de la Cuenca
del Plata. Coordinador del Curso de Entrenamiento
Profesional del Colegio Público de Abogados de la
Primera Circunscripción Judicial de Corrientes.
Consultor del BID en proyectos de planificación estratégica
normativa e institucional (Plan Estratégico para la
Ciudad de Corrientes). |
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